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Información de seguros de salud para laPersona Desempleada
La mayoría de la gente obtiene su cobertura de salud por medio de un plan de salud ofrecido por su empleador. En casos de individuos recientemente desempleados las leyes federales y estatales les permiten continuar, por cierto período de tiempo, la cobertura de salud que previamente tenían. Si estas leyes no aplican en su caso, es posible que existan otras opciones para cobertura o servicios de cuidado de salud a bajo costo. Los siguientes pasos pueden ayudarlo a encontrar cobertura de salud si está desempleado: ![]()
1. Si usted anteriormente estuvo inscrito en un plan de salud auspiciado por empleador, y ha estado separado de su empleo menos de 60 días, es posible que pueda seguir manteniendo su cobertura de salud.
Guías para el consumidor
Más Guías para el consumidor (en Inglés)
La ley federal conocida como COBRA (Consolidated Omnibus Budget Reconciliation Act) y ciertas disposiciones de las leyes de Texas otorgan a los trabajadores el derecho a continuar con la cobertura de salud auspiciada por empleador, para ellos y sus familias, cuando el asegurado principal de la póliza se ha separado de su empleo bajo ciertas circunstancias. El asegurado principal a menudo puede extender su cobertura por un período de entre seis meses y dos años, y algunas veces por más tiempo. Los asegurados secundarios, incluso los cónyuges, ex cónyuges e hijos dependientes del asegurado principal con frecuencia pueden extender su cobertura por un período de entre seis meses y tres años y medio. Pero, podría salirle caro continuar en el plan auspiciada por empleador después de dejar el empleo. El empleador ya no estaría obligado a contribuir ninguna cantidad a los costos de la prima, así que usted tendría que pagar de su bolsillo la prima completa. A pesar de esto, el plan auspiciado por empleador podría ser menos caro que obtener la cobertura por algún otro medio. Típicamente, el asegurado principal es elegible a continuar su cobertura si deja su empleo por cualquier motivo aparte de conducta inapropiada. Los empleados que continúan en el empleo pero pierden su elegibilidad a la cobertura debido a la reducción de sus horas de trabajo también pueden elegir continuar su cobertura. La ley COBRA generalmente permite a los miembros primarios del plan continuar su cobertura hasta por 18 meses después de dejar el empleo, y a los miembros secundarios del plan hasta 36 meses.
Los reglamentos de la ley federal COBRA típicamente solamente aplican a los negocios que han tenido 20 o más empleados de jornada completa durante el año previo a la fecha en que el miembro primario del plan deja el empleo. Por lo tanto, si usted trabaja en una compañía que tiene menos de 20 empleados de jornada completa usted no tendría ningún derecho bajo COBRA para continuación de cobertura. Pero, las leyes de Texas contienen una disposición que requiere que los empleadores extiendan derechos de continuación por seis meses a todos los trabajadores amparados, excepto a los que fueron despedidos por conducta inapropiada. El período de seis meses de extensión bajo las leyes de Texas comienza ya sea inmediatamente después que el trabajador sin protección de COBRA se separa de su empleo o inmediatamente al terminar el período de extensión de COBRA para quienes la ley federal aplica. Las leyes estatales y federales requieren que los empleadores le revelen en su totalidad, dentro de los 30 días de la separación de su empleo, cualquier derecho que tenga a continuar con su cobertura. Generalmente, dentro de los 60 días de la fecha de notificación usted tendrá que decidir si desea ejercer sus derechos. Si cree que su empleador no le ha notificado adecuadamente sobre sus derechos a continuar su cobertura de salud usted debe comunicarse con el Departamento de Seguros de Texas (TDI) Las leyes estatales y federales requieren que los empleadores revelen en su totalidad los derechos de continuación de cobertura dentro de los 30 días de su separación del empleo. Dentro de los 60 días de la fecha de notificación generalmente usted tendrá que decidir si desea ejercer sus derechos.
Es importante hacer hincapié que para continuar la cobertura usted tiene que haber sido miembro del plan de su empleador antes de dejar su empleo. Usted no puede inscribirse en el plan una vez que ya no es empleado de la empresa. Durante el tiempo que fue empleado de la empresa puede ser que su empleador haya pagado todo o algo del costo de la cobertura. Cualquier contribución del empleador probablemente terminará cuando usted ya no es empleado de la empresa, lo que significa que si decide continuar siendo miembro del plan usted tendrá que pagar de su bolsillo el costo completo. Pero, como quiera usted estaría pagando el precio del plan de grupo, que generalmente es menos caro que el de una póliza individual. Los empleadores tienen prohibido por ley intentar ganancia lucrativa de su continuación en el plan. Pero, para compensar cualquier gasto administrativo adicional el empleador puede añadir un sobrecargo de hasta el 2% del costo base a los miembros del plan que ya no son empleados. Si el costo del plan aumenta en general para todos los miembros, usted debe esperar que su prima también aumente de acuerdo. Pero, aparte de este sobrecargo del 2% nunca pueden exigirle que pague más por la continuación de su cobertura que lo que cuesta la cobertura de un empleado regular. La ley COBRA generalmente permite al miembro principal del plan continuar su cobertura hasta 18 meses después de dejar su empleo, y a los miembros secundarios hasta 36 meses. Por lo tanto el tiempo total que una persona puede continuar con la cobertura después del término de empleo varía según la tabla a continuación:
Además, si el miembro primario del plan puede comprobar, dentro de 60 días de continuación de cobertura bajo COBRA, que él o ella padece de una discapacidad que reúne los estándares de la Administración del Seguro Social también puede extender el período de cobertura por 11 meses más. Esto significa que un individuo discapacitado que ejerce sus derechos bajo COBRA puede tener cobertura por un total de 35 meses bajo las leyes estatales y federales (18 meses bajo el período estándar de COBRA + 11 meses de extensión COBRA por discapacidad + seis meses de extensión bajo las leyes de Texas) Los siguientes recursos pueden ayudarlo con la continuación del plan auspiciado por empleador:
2. Localice otra cobertura de grupo Si la cobertura de grupo por medio de empleador no es una de sus opciones, es posible que pueda conseguir otra cobertura de grupo. Los gremios de trabajadores, instituciones religiosas, asociaciones profesionales y organizaciones fraternales algunas veces ofrecen cobertura de salud como beneficio a sus miembros. Averigüe si alguno de los grupos o asociaciones a las que pertenece ofrecen cobertura de salud de grupo a sus miembros.
Los planes de salud de grupo ofrecidos por entidades que no son empleadores típicamente ofrecen cobertura menos amplia. Estos planes típicamente amparan menos padecimientos y tienen deducibles más altos que los planes auspiciados por empleador. También es menos posible que el grupo de no empleador que auspicia el plan contribuya al costo de la cobertura. Esto significa que usted tendrá que pagar la prima completa. Los planes de grupo de no empleador usualmente son más caros que los planes auspiciados por empleador, aunque como quiera menos caros que una póliza individual, particularmente si usted ya tiene padecimientos de salud. Los grupos que tienen que ofrecer sus planes de manera uniforme a todos los miembros. Pero, el plan podría ser ofrecido solamente a los miembros que han pertenecido al grupo por cierto período de tiempo o que han alcanzado cierto rango dentro del grupo. Los factores de riesgo de salud no pueden ser utilizados para determinar la elegibilidad a inscripción. Por lo tanto, la cobertura de grupo podría ser una buena opción si usted sufre de un padecimiento preexistente. Pero sepa, puede ser que tenga que esperar cierto período de tiempo antes que los padecimientos preexistentes sean amparados por el plan. Los miembros del grupo que no se inscriben en el plan durante los 30 días a partir de la fecha en que por primera vez son elegibles típicamente tienen que esperar hasta el período anual de 30 días de inscripción abierta para inscribirse. Antes de inscribirse en un plan de grupo que no es de empleador usted debería preguntar a los miembros participantes sobre la experiencia que han tenido con la cobertura. La mayoría de los planes son honestos, aunque se ha sabido de fraudes que operan bajo la pretensión de ofrecer cobertura de grupo que no es de empleador. Este tipo de operación fraudulenta probablemente le cobrará la prima pero desaparecerá cuando usted tiene una reclamación. En Texas es ilícito formar un grupo con el único objetivo de ofrecer cobertura de salud. También, un grupo no puede lícitamente exigirle que se inscriba en el plan de salud como condición para hacerse miembro del grupo. 3. Determine si califica para Medicaid La Comisión de Servicios Humanos y de Salud (HHSC) (en Inglés) determina la elegibilidad para Medicaid en Texas. Los individuos que reciben Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF), comúnmente conocido como "welfare", automáticamente califican para Medicaid. Otros individuos también podrían calificar con base a sus ingresos y recursos, incluso:
Los requisitos para elegibilidad son diferentes para cada grupo. Para enterarse si usted califica comuníquese con la Oficina de Elegibilidad de HHSC en su localidad.
4. Compre una póliza individual de una aseguradora particular Si no puede obtener una póliza de grupo y su ingreso excede los límites estipulados por Medicaid es posible que pueda comprar una póliza de cobertura individual directamente de una aseguradora de salud con licencia en Texas. En el sitio electrónico de TDI vea la lista de aseguradoras que ofrecen planes individuales. (en Inglés) Las pólizas individuales pueden ser caras, y antes de expedir la póliza las aseguradoras evalúan los factores de riesgo que la salud del solicitante presenta. Esto significa que si usted tiene un padecimiento médico grave o predisposición a cierta enfermedad la aseguradora podría negarse a expedirle cobertura. Pero, si una aseguradora se rehúsa a asegurarlo, siga buscando. Las aseguradoras utilizan diferentes criterios para aceptar clientes. La cobertura individual se puede comprar ya sea como plan de indemnización o de cuidado administrado. Los planes de indemnización los venden exclusivamente las compañías aseguradoras, y generalmente amparan los servicios suministrados por cualquier proveedor de servicios de salud con licencia, siempre y cuando el tratamiento sea consistente con las condiciones de la póliza. Los planes de cuidado administrado los pueden vender tanto las compañías aseguradoras como los HMOs. Típicamente, los planes de cuidado administrado son menos caros que los planes de indemnización, pero los de indemnización ofrecen a sus miembros más flexibilidad para obtener los servicios de salud. En pocas palabras, la flexibilidad para escoger a sus proveedores de salud cuesta más y el plan de cuidado administrado cuesta menos. Antes de comprar algún plan individual de salud es importante verificar que tanto la aseguradora con el agente tengan licencia. Verificar que la aseguradora tiene licencia lo protege contra el fraude. Tanto las aseguradoras como los agentes tienen que tener licencia válida de Texas para legalmente poder vender seguros en el estado.
Antes de comprar cualquier plan individual de salud es importante verificar que tanto la aseguradora como el agente tengan licencia. Verificar que la aseguradora tiene licencia lo protege contra del fraude. Además, si una aseguradora con licencia pierde su solvencia económica una afianzadora estatal paga todo o parte de las reclamaciones. Si usted compra seguro de una entidad sin licencia puede ser que tenga que pagar las reclamaciones de su propio bolsillo, y el precio de muchos servicios de salud puede ser cuantioso. Para verificar el estado de licencia de algún agente o aseguradora visite nuestro sitio electrónico y haga clic en Búsqueda de Agente (en Inglés) o en Perfiles de Aseguradora (en Inglés). 5. Solicite cobertura por medio del Fondo de Seguro de Salud de Alto Riesgo en Texas (conocido como Texas Health Insurance Risk Pool o Health Pool) Si usted no puede obtener cobertura por medio de ninguna otra fuente, usted puede solicitar inscribirse en el Fondo de Seguro de Salud de Alto Riesgo en Texas (conocido como Texas Health Insurance Risk Pool o Health Pool). El Health Pool es un programa patrocinado por el estado con la principal encomienda de ayudar a los tejanos que no pueden conseguir seguro con aseguradoras privadas con licencia debido a su estado de salud. La cobertura de Health Pool es similar a la que incluyen los planes de seguro patrocinados por empleador o los planes de seguro particular. Los beneficios amparan hospitalizaciones, servicios de doctor, y medicamentos de receta. El Health Pool también ofrece cobertura para enfermedades mentales seriamente graves, sujeto a ciertos límites máximos por año de calendario, para los tratamientos de paciente interno y externo. El Health Pool no paga por los tratamientos para adicción a sustancias químicas o drogadicción. La cobertura de Health Pool puede ser cara - las primas pueden ser hasta el doble de la tarifa que se cobra en el mercado estándar. Para calificar para la cobertura de Health Pool usted tiene que encontrarse en cualquiera de las siguientes situaciones:
Si bajo los reglamentos de la ley federal COBRA usted es elegible para continuar en un plan auspiciado por empleador después de separarse de su empleo usted no es elegible para inscribirse en el Health Pool. El sitio electrónico de Texas Health Pool (en Inglés) ofrece más información, incluso detalles de la cobertura de Health Pool (PDF) (en Inglés) y una solicitud que puede imprimir (PDF). (en Inglés) 6. Encuentre servicios de salud a bajo costo en su área Si no puede obtener ninguna cobertura de salud es posible que ciertos programas federales, estatales y de condado de servicios de salud puedan ayudarlo. Los Centros de Salud Federalmente Calificados (FQHCs) son designados por el Centro de Cuidado de Atención Básica de Salud (BPHC) para ofrecer servicios amplios de atención básica de salud, oral y mental/abuso de sustancias químicas a todos los individuos sin importar su habilidad para pagar. Los FQHCs cobran por sus servicios basándose en el ingreso del individuo, a porcentaje de las Guías Federales del Indice de Pobreza.
Los Servicios Comunitarios de Salud son otros grupos de proveedores que dirigen sus esfuerzos a suministrar atención médica a los que no tienen seguro o no tienen suficiente seguro, a menudo están afiliados a programas de las ciudades y condados.
Una gran variedad de compañías y organizaciones ofrecen ayuda con los medicamentos de receta.
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